INFORMACION SACADA
La causa “Arévalo Pedro Diego y otros c/Fondo de Garantía y Recompra PPP de Telecom Argentina s/división de condominio” fue promovida por un grupo colectivo de empleados retirados de Telecom Stet France, que a pesar de no continuar en la empresa mantenían su calidad de adherentes al programa, dice el expediente
INFORME
http://www.mercadoytransparencia.org/accion/ar%C3%A9valo-pedro-diego-y-otros-c-fondo-de-garant%C3%AD-y-recompra-ppp-de-telecom-argentina-s-divisi%C3%B3n
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ARTICULO 43 DE LA CONSTITUCION
Toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley. En el caso, el juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto u omisión lesiva.
Podrán interponer esta acción contra cualquier forma de discriminación y en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y al consumidor, así como a los derechos de incidencia colectiva en general, el afectado, el defensor del pueblo y las asociaciones que propendan a esos fines, registradas conforme a la ley, la que determinará los requisitos y formas de su organización.
FALLO DE LA JUSTICIA
http://www.mercadoytransparencia.org/sites/default/files/Fallo_Arevalo_contra_Fondo_de_Garantia_Telecom_-_2_jul_2009.pdf
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INFORMACION SACADA
http://www.iprofesional.com/notas/78867-Fallo-Halabi-Ernesto-c-PEN---ley-25873---dto-156304-s-amparo-ley-16986
JURISPRUDENCIAFallo: "Halabi, Ernesto c/ P.E.N. - ley 25.873 - dto. 1563/04 s/ amparo ley 16.986"
juez federal tetamantti sobre fallo de las acciones clace c de telecom
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